Variedad requerida (ley de la)
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Charles François (1992). Variedad requerida (ley de la), Diccionario de Teoría General de Sistemas y Cibernética, 1(1): 271.
- Cuando dos sistemas están acoplados, sólo la variedad de uno de ellos puede disminuir la variedad producida por el otro.
ASHBY enuncia así la ley:
“La variedad puede destruirse sólo por medio de la variedad” (W.R. ASHBY - I.C., p. 282).
- La capacidad de acción de un regulador no puede ser superior a su capacidad como canal de comunicación. (W.R. ASHBY - S.T., p. 115).
La medida en que un sistema es capaz de resistir a las variaciones que le impone su entorno (o suprasistema), es función directa de su variedad o, en síntesis, su adaptabilidad depende de su variedad. En general, el sistema tiene, o adquiere, una variedad específica que le permite adaptarse a un entorno específico (co-evolución).
Estos comportamientos están, además, íntimamente relacionados con:
- la necesidad de disponer de un regulador que recibe y trata la información. Es el subsistema capaz de hacer cambiar de estado al sistema, cuando sea necesario.
- la necesidad de disponer de reservas, sin las cuales los efectores no puede actuar.
- el mantenimiento de la estabilidad dinámica del sistema.