Adaptabilidad
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Charles François (1992). Adaptabilidad, Diccionario de Teoría General de Sistemas y Cibernética, 1(1): 2.
Capacidad de un sistema de controlar sus ingresos o los efectos de éstos, a fin de adecuarlos a sus necesidades.
Ello se obtiene modificando la naturaleza, la intensidad y, o la frecuencia de los ingresos o compensándolos, en cierta medida, por el uso de reguladores y de reservas internas.
Nótese que la adaptabilidad es muy diferente de la adaptación y, a veces, le es casi antinómica. La adaptabilidad implica un potencial de cambio, la adaptación es un estado.
En el caso particular de la regulación, la adaptabilidad se entiende como la capacidad del regulador de perseguir finalidades diferentes frente a amplias variaciones del entorno, manteniendo una estabilidad satisfactoria, aunque con fluctuaciones.