Rev:Ind 0000003
| Artículo | Información mutua condicional |
| ID gL | 31686 |
| Revisor | José María Díaz Nafría |
| Estado | Finalizado |
| Evaluación | Rechazo débil |
| Confianza | Alta |
| Fecha | 21 ene 2026 |
Comentarios al autor
Estimado Francisco:
El concepto es digno de ser considerado entre los conceptos a clarificar y por esa razón lo he añadido entre los términos a considerar, aunque lo apropiado hubiera sido atenerse a los propuesto. No obstante, entiendo perfectamente (y valoro tus ganas de ponerte en camino) que cuando lo iniciaste la actividad en la plataforma aún no estaba plenamente preparada, como lo estuvo dos semanas después.
En cualquier caso la duda que planteas sobre la conveniencia de integrarlo o no son el artículo de información mutua es algo que me ha rondado durante varios días -mientras atendía otros muchos artículos-. Observaba ciertos errores en tu descripción y creía que podía exponerse de forma más directa desde lo definido en I.M., pero al revisar la propia discusión de Wyner, creo que merece un artículo a parte. Sin embargo, en dicho artículo debiera establecerse por una parte una referencia más directa a lo discutido en I.M. que evite ser redundantes, a la vez que incluir la justificación de Wyner de por qué su solución respecto a la de Dobrushin se aproxima a la definición shannoniana, y de un modo más intuitivo. Por estas razones lo dejo entre los artículos que pueden mejorarse para ser incluidos más tarde en la colección glossaLAB.edu.
Cordialmente,
JM
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